La custodia compartida es cada vez más frecuente y, cuando es posible, resulta beneficiosa para los hijos. Para obtenerla, es crucial demostrar que ambos padres pueden colaborar en el bienestar de los menores. Generalmente, los jueces favorecen acuerdos que permitan a los niños mantener una relación cercana y equilibrada con ambos progenitores. Algunos de los factores más relevantes que se consideran son: el horario laboral de los padres, la edad de los niños, el tiempo que cada uno ha dedicado a la crianza y la proximidad de las viviendas de ambos progenitores.
La pensión alimenticia se calcula considerando los ingresos de ambos padres, las necesidades de los hijos y los gastos específicos. Cada situación es diferente, y trabajaré contigo para establecer una pensión justa y adecuada, que se ajuste a las circunstancias de tu familia.
Si deseas modificar el acuerdo de custodia o visitas, especialmente en un caso contencioso (cuando no hay un acuerdo mutuo entre los progenitores), es posible hacerlo presentando una demanda ante el juez, siempre que las circunstancias que existían al momento de establecer el acuerdo original hayan cambiado. Te ayudaré a revisar tu caso, reunir la documentación necesaria y solicitar un cambio que refleje mejor tu situación actual.
Es importante tener en cuenta que una modificación de sentencia solo es posible si las circunstancias iniciales han cambiado de manera significativa. Esto puede incluir alteraciones en la situación de los niños (como su edad o necesidades) o en la de los progenitores (por ejemplo, cambios en el horario laboral o la proximidad de los domicilios).
Los niños pueden ser escuchados por el juez a partir de los 12 años. No obstante, dependiendo de la madurez del niño, el juez puede decidir considerar su opinión incluso antes de esa edad.
Si tu expareja no está cumpliendo con el acuerdo de pensión alimenticia, tienes derecho a solicitar que se haga cumplir el pago. Existen diversos mecanismos legales, como órdenes judiciales y sanciones económicas, para garantizar que se cumpla con esta obligación. Te puedo ayudar a presentar una demanda de ejecución para que el juez haga valer la sentencia. Si no se cumple, el juez puede proceder al embargo de bienes y, en algunos casos, imponer sanciones económicas. Además, el incumplimiento de la pensión alimenticia no solo tiene consecuencias civiles, sino que también puede constituir un delito penal. Te acompañaré durante todo el proceso para asegurar que se garantice el bienestar de tus hijos.
La separación ocurre cuando los cónyuges deciden vivir por separado sin disolver legalmente el matrimonio. Pueden llegar a acuerdos sobre custodia, visitas y pensión alimenticia, pero siguen siendo legalmente marido y mujer.
En cambio, el divorcio disuelve legalmente el matrimonio, terminando el vínculo matrimonial. Después de un divorcio, los cónyuges pueden volver a casarse y deben establecer acuerdos similares sobre custodia y pensión alimenticia.
En resumen, la separación mantiene el matrimonio, mientras que el divorcio lo disuelve.
El costo de un proceso de divorcio o custodia depende de la complejidad del caso y el tiempo que se requiera. Durante nuestra primera consulta, te proporcionaré un presupuesto personalizado y exploraremos opciones de pago flexibles para que puedas acceder al apoyo que necesitas sin preocupaciones económicas.
Sí, es posible solicitar la incapacitación legal de una persona debido a una adicción (como la ludopatía o el alcoholismo) o adopción de medidas de asistencia, siempre que se demuestre que no tiene la capacidad para tomar decisiones sobre su vida o su patrimonio. Para ello, es necesario presentar pruebas médicas y psicológicas, y el juez evaluará si la persona carece de la capacidad para actuar de forma autónoma
En España, se considera un delito penal conducir con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre. Las consecuencias pueden incluir prisión, multas, trabajos comunitarios y la retirada del carnet de conducir. Las tasas inferiores (por encima de 0,25 mg/l) se consideran una infracción administrativa, con multas y pérdida de puntos.
Personas físicas: El contrato debe mantenerse durante al menos 5 años.
Personas jurídicas (empresas): La duración mínima es de 7 años.
Después de ese periodo, el contrato puede prorrogarse anualmente hasta un máximo de 3 años, a menos que el inquilino decida no renovarlo o el propietario necesite recuperar la vivienda y cumpla con los requisitos legales.